ARTÍCULO DE REFLEXIÓN
Cómo contribuir al conocimiento de la legislación ambiental desde la educación ambiental comunitaria
How to contribute to the knowledge of the environmental legislation from the environmental community education
Amílcar Abel Cabrera Nuñez1, Ana Rosa Andino Ruibal2, Lillanys Valdés Madera3, Niuris Varela Urra3
1 Maestrante de la V edición de la Maestría en gestión ambiental comunitaria del
CEMARNA, profesor Universitario, Universidad Hermanos Saíz Montes de Oca de
Pinar del Río. Correo: amilcar.abel@upr.edu.cu
2 CEMARNA, Universidad Hermanos Saiz Montes de Oca de Pinar del Río.
3 Centro de Investigaciones y Servicios Ambientales ECOVIDA, Pinar del Río. Correo: lillanys@ecovida.cu; niuris@ecovida.cu
RESUMEN
El presente trabajo pretende dar una mirada a uno de los temas más importantes que desde el punto de vista ambiental se discuten en la actualidad, o sea a la Educación Ambiental, específicamente la Educación ambiental Comunitaria, así como su posible vinculación con otras materias que contribuyen a la preservación de la biodiversidad, la legislación ambiental. Intentamos demostrar la importancia de una correcta educación ambiental comunitaria que nos permita elevar en los habitantes de una comunidad los conocimientos sobre el sistema legislativo existente sobre medio ambiente, su implementación y como contribuir a este, realizando un breve diagnóstico del conocimiento existente sobre el mismo para proponer acciones en aras de contribuir a su cumplimiento.
Palabras claves: educación ambiental comunitaria, legislación ambiental.
ABSTRACT
The present work seeks to give a look to one of the most important topics that from the environmental point of view are discussed at the present time, that is to say to the Environmental Education, specifically the Environmental Community Education, as well as its possible linking with other matters that contribute to the preservation of the biodiversity, the environmental legislation. We try to demonstrate the importance of a correct community environmental education that allows to rise in the inhabitants of a community the knowledge on the legislative existent system on environment, their implementation and as contributing to this, carrying out a brief diagnosis of the existent knowledge on the same one to propose actions for the sake of contributing to their execution.
Keywords: environmental community education, environmental legislation.
INTRODUCCIÓN
En la actualidad el tema ambiental ha ganado en importancia a escala mundial, debido a la peligrosidad real de la posible destrucción del planeta, no solo por el cambio climático que es una realidad, sino por el irrespeto de las medidas ambientales necesarias para revertir este fenómeno por parte de los países con mayor desarrollo económico, prevaleciendo el mercantilismo por encima de las necesidades ambientales y la continua existencia de conflictos bélicos a escala global generados por los poderes hegemónicos en su afán de garantizar sus intereses, lo que pone en peligro real a la vida en el planeta
La Carta Magna de la República de Cuba en su Artículo 39 del Capítulo V sobre Educación y Cultura reconoce que: "El Estado orienta, fomenta y promueve la educación, la cultura y las ciencias en todas sus manifestaciones (...)" En uno de los postulados a que se atiene esa política, reconoce que: "e) la actividad creadora e investigativa en la ciencia es libre. El Estado estimula y viabiliza la investigación y prioriza la dirigida a resolver los problemas que atañen al interés de la sociedad y al beneficio del pueblo" (Constitución de la República,. 2003).
Por ello, todo estudio que implique la protección de la conservación de la diversidad biológica, debe realizarse convocando a las ciencias que más implicadas estén con el tema específico de que se trate, por lo que no es de extrañar que con temas sociológicos, jurídicos o políticos se conjuguen con aspectos geográficos, geológicos, químicos y/o biológicos; y es que en cuanto a lo que a conservación de la diversidad biológica se refiere.
Uno de los procesos más utilizados en función de lo antes expuesto sin duda alguna es la educación ambiental, educación que luego de surgir y desarrollarse llegó para quedarse, demostrando que a través de ella y su implementación pueden abordarse disímiles temas de interés para llegar , influir y transformar a una comunidad determinada. Indudablemente es una forma ideal para dar a conocer la importancia de la existencia de la legislación ambiental en la comunidad.
Por esta razón nuestro trabajo pretende identificar una de las posibles soluciones al problema científico planteado en nuestra investigación ¿Cómo contribuir desde la Educación ambiental al conocimiento de la legislación ambiental en el Consejo popular San Vicente perteneciente al Parque Nacional Viñales?
MATERIALES Y MÉTODOS
Para realizar la investigación nos basamos en un enfoque dialéctico materialista sobre el tema, aplicando los métodos empíricos tradicionales tales como la entrevista, el análisis de documentos y la aplicación de encuestas para realizar el diagnóstico inicial de la investigación que nos permitió conocer el criterio existente dentro de la población encuestada. Realizamos un análisis histórico lógico del fenómeno que nos permitió conocer su estado actual de ambos conceptos y su posible relación en función de nuestra investigación.
La muestra seleccionada estuvo enmarcada en el Consejo popular San Vicente perteneciente al Parque nacional Viñales, Pinar del Río específicamente en el trabajo de educación ambiental que se realiza en los centros educacionales de este Consejo Popular.
Como parte de nuestro estudio en el diagnóstico empírico realizado detectamos que no siempre se cumple de forma consiente con la aplicación de estos marcos legales establecidos , a pesar de su existencia, y que si bien debería ser una obligación su cumplimiento, pues se reflejan en una norma jurídica, no se sancionan severamente las conductas infractoras pues desde el punto de vista Penal no se encuentran tipificadas en nuestra legislación penal, si no que se hacen cumplir a través de contravenciones, multas, trabajos comunitarios sanciones que los pobladores no conocen en su mayoría como tampoco definen quienes son los funcionarios encargados de hacer cumplir este ordenamiento jurídico.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
La ley es tan antigua como la propia humanidad, generalmente, se aplicaba como una regla de conducta necesaria para su propia existencia. Incluso su violación podía conducir a la pérdida de la vida, por lo que se exigía ser cumplida desde sus propios orígenes.
Sobre el tema que emprendemos en nuestro trabajo hasta el momento ha sido abordado por varios autores que hacen referencia a la necesidad de hacer cumplir la legislación ambiental tanto global como regionalmente, no obstante no se hace énfasis por parte de estos en la vinculación de la educación ambiental comunitaria como proceso con el correcto cumplimiento de los establecido legislativamente en aras de cumplir con su objeto social en una comunidad determinada.
Por esta razón consideramos que esta relación nos permite aportar elementos de conocimiento sobre la legislación ambiental en la comunidad a través del trabajo de educación ambiental comunitario, contribuyendo a dar solución a una situación que nos afecta en gran medida de forma directa a todos los países, si tenemos en cuenta que la degradación ambiental dejó de convertirse en regional para globalizarse de forma tal, que afecta a todos por igual y por tal razón la legislación ambiental tiene un rol importante en la labor de preservar el medio ambiente.
Trazamos como estrategia de investigación consultar materiales y bibliografía que abordaba a ambos temas, referido a la legislación ambiental, consultamos temas tales como Derecho Ambiental, de los autores Pedro Luis López Sela, Universidad Iberoamericana y Alejandro Ferro Negrete, Universidad nacional autónoma de México, Antología de Derecho Ambiental Cubano, compilada por el Dr.C Daimar Cánovas González, consultamos además la reseña del libro "Derecho Ambiental". Marcelo A. López Alfonsín, Derecho Ambiental, Editorial Astrea, Buenos Aires, 2012, 368 páginas, ISBN 978-950-508-981-9 por Elisabeth Berra, y otros artículos tanto nacionales como internacionales, para tener una panorámica general sobre el tema que investigamos.
En varios de estos referentes se le da una importancia social determinada a la legislación ambiental pero a pesar de que se aprecia su existencia, no se evidencia como hacer llegar esta a las comunidades para contribuir a su aplicación por parte de los individuos, por lo que nos dimos a la tarea de profundizar en los referentes teóricos de la educación ambiental y específicamente en la educación ambiental comunitaria como posible vía para facilitar la comprensión de la importancia del derecho ambiental.
En sentido general se define el derecho ambiental como el conjunto de normas jurídicas regulatorias de relaciones de derecho público o privado, tendientes a disciplinar las conductas en orden al uso racional y conservación del medio ambiente, en cuanto a la prevención de daños al mismo, a fin de lograr el mantenimiento del equilibrio natural, lo que redundará en una optimización de la calidad de vida, pero sin embargo no se aborda el tema de cómo hacerlo cumplir y lograr el resultado que deseamos.
La cuestión ambiental está; presente en todas las esferas de la sociedad y por ello no está ajena a ello "la naturaleza", ya que el hombre forma parte del medio ambiente. Esto ha tomado una especial connotación desde el siglo pasado pues se ha evidenciado que el ser humano ha tenido y tiene una gran responsabilidad ante el deterioro ambiental, de ahí que un número considerable de estados, incluyendo el nuestro hayan tomado conciencia de ello y a través de acciones en países específicos, hayan hecho surgir un tipo de legislación específica - la ambiental. No obstante el conocimiento por parte de la población sobre la misma es casi nulo e imperceptible y no se tiene en cuenta la existencia de esta para proteger el medio ambiente.
El impacto fundamental de nuestro trabajo radica en demostrar la relación directa entre la legislación ambiental y la educación ambiental comunitaria, o sea la importancia de hacer conocer lo establecido por la legislación ambiental a través de la educación ambiental que se realiza en una comunidad determinada y la relación de estas con la conservación y preservación del medio ambiente, para que se gane en conciencia de la necesidad de su implementación y cumplimiento.
Al hacer referencia a la Educación Ambiental, debemos realizar una acotación, pues puede verse teóricamente como concepto o como proceso, se puede plantear que varias son las definiciones de este término, el mismo ha sido enfatizado por diferentes autores que se han referido al tema como (Leff, 2002); (Pherson, et al. 2007); (CIGEA, 2010-2015)
El autor considera importante que la Educación Ambiental constituye un proceso continuo y permanente en el que los individuos y colectividades asumen las aptitudes, conocimientos, destrezas y valores que les permiten actuar de forma consciente con el medio ambiente que los rodea, sin comprometer al futuro.
También se puede definir que esta, a largo plazo y en sentido amplio debe lograr que la población mundial tenga conciencia del medio y se interese por él, por sus problemas y que cuente con los conocimientos, aptitudes, actitudes, motivación y deseo, necesarios para trabajar individual y colectivamente en la búsqueda de soluciones a los problemas actuales y para prevenir los que pudieran aparecer en lo sucesivo(UNESCO-PNUMA, 1975).
La Educación Ambiental se define a partir de su finalidad esencial. Según el UNESCO- PNUE, hay que ir hacia "el desarrollo de una toma de conciencia relativa al medio ambiente" y"... la Educación Ambiental debe facilitar una toma de conciencia de la interdependencia económica, política y ecológica del mundo moderno, de forma que estimule el sentido de la responsabilidad y de la solidaridad entre las naciones. Ello es previo a la posible solución de los graves problemas ambientales que se plantean a nivel mundial" Informe final de la Conferencia de Tbilisi (1977).
La Educación ambiental, de formas diversas, trata la relación problemática del hombre con la naturaleza -incluyendo la degradación ambiental, la explotación y el reparto de los recursos, el crecimiento de la población humana y el exterminio de las especies animales y vegetales- con el fin de lograr ciudadanos activos y bien informados. (Breiting, 1985).
En la ley 81 ley de Medio ambiente de nuestro país se define a la Educación Ambiental como el Proceso continuo y permanente, que constituye una dimensión de la Educación Integral de todos los ciudadanos, orientada a que en la adquisición de conocimientos, desarrollo de hábitos, habilidades, capacidades y actitudes, y en la formación de valores, se armonicen las relaciones, entre los seres humanos y de ellos con el resto de la sociedad y la naturaleza, para propiciar la orientación de los procesos económicos, sociales y culturales hacia el desarrollo sostenible. (Ley No. 81del Medio Ambiente de Cuba, 1997).
Otra mirada sobre este concepto se aprecia en la Estrategia de Educación Ambiental Nacional de ese propio año, donde se define como una Educación para el Desarrollo Sostenible. Modelo teórico, metodológico y práctico, que trasciende el sistema educativo tradicional y abarca la concepción de Medio Ambiente y Desarrollo, expresándose y planificándose a través de la dimensión ambiental en los procesos educativos. (La dimensión ambiental es el enfoque que se expresa por el carácter sistémico de los elementos que tienen una orientación ambiental determinada). (Estrategia de Educación Ambiental de Cuba, 1997)
El enriquecimiento y la incorporación de nuevos conocimientos sobre la Educación Ambiental la conforma Enrique Leff al plantear que: "... es un sistema de valores asociados a una racionalidad productiva alternativa, a nuevos potenciales de desarrollo y a una diversidad de estilos culturales de vida se trata de ver los principios éticos del ambientalismo como sistemas que rigen la moral individual y los derechos colectivos, su instrumentación en prácticas de producción, distribución y consumo, y en nuevas formas de apropiación y transformación de los recursos naturales" (Leff; 2002).
Si realizamos una mirada a la educación ambiental como proceso, podemos encontrar varias definiciones dentro de las que se encuentran "La educación ambiental es el proceso de reconocer valores y clarificar conceptos a fin de desarrollar habilidades y aptitudes necesarias para comprender y aprender las interrelaciones entre el hombre, su cultura y sus entornos biofísicos. La educación ambiental supone también la práctica de la toma de decisiones y de la auto formulación de un código de conducta en asuntos relacionados con la calidad del medio ambiente" (Conferencia de Nevada de la Unión Internacional, 1970).
"... es un proceso de aprendizaje permanente, basado en el respeto a todas las formas de vida... tal educación afirma valores y acciones que contribuyen a la transformación humana y social y a la preservación ecológica. Ella estimula la formación de sociedades socialmente justas y ecológicamente equilibradas, que conserven entre sí una relación de interdependencia y diversidad, no es neutra. Es un acto político, basado en valores para la transformación social" (Tratado de Educación Ambiental para Sociedades Sustentables y Responsabilidad Global, Fórum, 1992).
Educación ambiental "se considera como un medio de adquisición de aptitudes, las técnicas y los conceptos necesarios para construir una nueva forma de adaptación cultural a los sistemas ambientales. Resulta así, un elemento decisivo en la transición hacia una nueva fase ecológica, que permitiría rebasar la actual crisis y en la cual se transmita un nuevo estilo de vida, y se cambien, profunda y progresivamente, las escalas de valores y las actitudes dominantes en la sociedad actual" (Mateo, 2002).
Otros criterios defienden que la Educación Ambiental es un proceso continuo y permanente, que constituye una dimensión de la educación integral de todos los ciudadanos, orientada a que en el proceso de adquisición de conocimientos, desarrollo de hábitos, habilidades y actitudes y formación de valores, se armonicen las relaciones entre los hombres, y entre éstos con el resto de la sociedad y la naturaleza, para con ello propiciar la reorientación de los procesos económicos, sociales y culturales hacia el desarrollo sostenible. Los instrumentos jurídico-normativos y económicos no son suficientes para crear una actitud consecuente con el cuidado y conservación del medio ambiente. Para esto, se requiere desarrollar en la población una cultura ambiental, como premisa para lograr los objetivos y metas del desarrollo sostenible (CIGEA, 2007-2010)
Las Naciones Unidas, en su definición sobre Educación Ambiental plantean que ésta tiene como objetivos la formación de los individuos para conocer y reconocer las interacciones entre lo que hay de natural y de social en su entorno y para actuar en ese entorno. Intentando no realizar actividades que pongan en peligro el equilibrio que los procesos naturales han desarrollado, haciendo posible la existencia de una calidad ambiental idónea para el desarrollo sano de la vida humana. Como un proceso educativo, integral e interdisciplinario, la Educación Ambiental considera al ambiente como un todo y pretende involucrar a la totalidad de la población en la identificación y resolución de problemas sobre la base de la adquisición de conocimientos, valores, actitudes y habilidades, la toma de decisiones y la participación activa y organizada.
A partir del Seminario Internacional de Educación Ambiental de Belgrado de 1975, se consideran objetivos de la educación ambiental los siguientes:
- Incorporar mayor sensibilidad y conciencia del medio ambiente en general y de los problemas conexos. (Conciencia)
- Adquirir una comprensión básica del medio ambiente en su totalidad, de los problemas conexos y de la presencia y función de la humanidad en él, lo que entraña una responsabilidad crítica. (Conocimientos)
- Crear valores sociales y un profundo interés por el medio ambiente que los impulse a participar activamente en su protección y mejoramiento. (Actitudes)
- Adquirir las aptitudes necesarias para resolver los problemas ambientales. (Aptitudes)
- Evaluar las medidas y los programas de educación ambiental en función de los factores ecológicos, políticos, económicos, sociales, estéticos y educacionales. (Capacidad de evaluación)
- Desarrollar su sentido de responsabilidad y a que tomen conciencia de la urgente necesidad de prestar atención a los problemas del medio ambiente, para asegurar que se adopten medidas adecuadas al respecto (Participación)
La educación ambiental resulta clave para comprender las relaciones existentes entre los sistemas naturales y sociales, así como para lograr una percepción más clara de la importancia de los factores socioculturales en la génesis de los problemas ambientales. En esta línea, debe impulsar la adquisición de la conciencia, los valores y los comportamientos que favorezcan la participación efectiva de la población en el proceso de toma de decisiones.
Desde el punto de vista del autor la educación ambiental es una herramienta de utilidad insuperable para crear valores, conocimientos, vivencias, dentro una población a o comunidad determinada, a través de la misma lograríamos hacer más comprensible el derecho ambiental como norma de conducta dentro de la comunidad y al mismo tiempo como forma de contribuir a la conservación de la diversidad biológica.
Los resultados obtenidos podrían contribuir de forma efectiva a dar solución del problema que formulamos en el inicio de la investigación y nos adentra en la necesidad de continuar profundizando en el tema de estudio, tanto por su importancia en si como en la contribución a elevar el conocimiento de la legislación ambiental dentro de la comunidad a través de la educación ambiental comunitaria que se realiza en el Parque Nacional.
CONCLUSIONES
Evidentemente la educación ambiental Comunitaria y la legislación ambiental influyen de forma directa en el proceso de conservación y mantenimiento de biodiversidad, pues su correcta implementación incide favorablemente en la supervivencia y continuidad de las especies que se encuentran dentro de las colecciones que se conservan en el Parque nacional. De igual forma regula acertadamente o no el comportamiento de los habitantes de la comunidad ante la instrumentación de legislación ambiental y su cumplimiento
La relación entre la legislación ambiental y la educación ambiental comunitaria es directa pues dirigen sus acciones a un mismo fin el de preservar el medio ambiente. No debemos concebir la legislación ambiental sin tener en cuenta las potencialidades de la educación ambiental y viceversa.
El derecho ambiental y la educación ambiental comunitaria se encargan de proteger jurídicamente la conservación ambiental, que a su vez es la que cuida, protege y preserva el futuro de la naturaleza ya sea por, la flora y la fauna, las diferentes especies y por sus diversos ecosistemas.
El desconocimiento de la legislación ambiental facilita los hechos que ponen en riesgo y afectan el estado de las colecciones. El sistema legislativo ambiental a pesar de que se aplica con el objetivo de preservar un bien determinado (la biodiversidad), no es efectivo en su correcta aplicación y desde nuestro punto de vista aún posee lagunas jurídicas en su aplicación lo que sin duda le hace perder efectividad en cuanto a la protección jurídica del bien para el que está concebido.
Es precisamente la educación ambiental comunitaria la que permite contribuir al aumento del conocimiento de los habitantes de la comunidad de la existencia y la importancia de este sistema legislativo, de ahí la importancia del trabajo.
Por esta razón somos del criterio que se debe trabajar para incluir la legislación ambiental dentro de las prioridades de la labor de educación ambiental que se realiza en la comunidad seleccionada.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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CITMA-CIGEA (1997). Estrategia Nacional de Educación Ambiental; Tomado del capítulo 36: "Fomento de la Educación, la Capacitación y la Toma de Conciencia" de la Agenda 21.
Fecha de recepción: 10 de septiembre de 2019
Fecha de aceptación: 17 de diciembre de 2019
Amílcar Abel Cabrera Nuñez. Universidad Hermanos Saíz Montes de Oca de Pinar del Río. Correo: amilcar.abel@upr.edu.cu
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